Urbanismo no permitirá locales de juego a menos de 500 metros de colegios y en espacio residencial

No podrán implantarse en suelos calificados como residencial o de equipamiento comunitario, ni compartir espacio en un bloque con viviendas, y solo podrán ubicarse en terciarios o industriales

 

 

 

La Gerencia de Urbanismo ya tiene más perfilada cómo será la modificación de PGOU para restringir la implantación de las salas de juego. El presidente del organismo municipal, Salvador Fuentes, ha dado a conocer este lunes el contenido de la innovación que llegará el miércoles al consejo rector para su toma de conocimiento. Al final, Urbanismo implantará la medida que ya anunció y no permitirá que haya nuevas salas de juego a menos de 500 metros de centros educativos ni tampoco en suelo calificado como residencial.

Ahora mismo el artículo 12.4.8 indica que los «salones de recreativos y de juegos, así como bingos, casinos, etcétera» no podrán «instalarse en edificios destinados total o parcialmente a uso educativo» y solo podrán desarrollarse en un edificio destinado total o parcialmente a vivienda si tiene accesos, evacuación e instalaciones independientes y por encima de la segunda planta.

En cambio, el nuevo artículo 12.4.8 señala ahora que «establecimientos de juego, azar, bingos, casinos, locales de apuestas y, en general, todas aquellas actividades en las que se aventuren cantidades de dinero y objetos económicamente evaluables» estarán afectados por la modificación, «incluyendo los salones recreativos». Según la redacción de ese artículo, todas esas actividades «no podrán instalarse a menos de 500 metros de suelos o usos calificados como equipamientos comunitarios educativos». Cuando la innovación esté en vigor, todas las peticiones de licencia deberán ir acompañadas de un análisis de las distancias.

En principio, y según ha puntualizado Fuentes, a pesar de que en ese listado aparecen locales de apuestas y establecimientos de azar, quedarían fuera de esa limitación las administraciones de lotería, que son concesiones estatales. Las administraciones de lotería son expendedurías y no están consideradas salas de juego.

Otra novedad es que esas actividades «no podrán implantarse en suelos calificados como residencial o de equipamiento comunitario, siendo únicamente admisibles en suelos con calificación urbanística terciaria o industrial». Además, añade el texto, «nunca podrán coexistir en edificios destinados total o parcialmente a uso de vivienda o equipamientos comunitarios».

Fuentes ha señalado que este es el inicio de la modificación del PGOU prometida, que queda ahora a expensas de un informe medioambiental y de Salud.

Según ha indicado Fuentes, esto significa que a partir de que la innovación esté aprobada definitivamente, no podrán darse licencias para salas de juego que estén a menos de 500 metros de los centros educativos. La medida no afecta a las que ya están instaladas. Fuentes ha recordado que desde febrero hay en vigor una moratoria en la concesión de licencias, que no se pueden otorgar durante un año. Esa moratoria se amplió por tres meses más a causa del covid. En esa moratoria no entran los permisos para reformas de salas ya existentes. De hecho, la comisión de licencias del miércoles dará permiso a la reforma de una sala de juegos en Claudio Marcelo.

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